Soy un abogado con muchos años de experiencia defendiendo a clientes contra cargos de robo en las tiendas. Esto incluye a muchos clientes de habla hispana y no ciudadanos estadounidenses.
Actos criminales
b. Hurto. El hurto en tiendas consistirá en uno o más de los siguientes actos:
Cualquier persona que intencionalmente se apodere de la mercancía de la tienda. Esto incluye llevarse, transferir o hacer que un artículo sea llevado o transferido. Esto se aplica a cualquier mercancía exhibida, retenida, almacenada u ofrecida a la venta por cualquier tienda u otro establecimiento mercantil minorista. Esto debe incluir la intención de privar al comerciante de la posesión. También puede incluir el uso o beneficio de dicha mercancía o la conversión de la misma para el uso de dicha persona sin pagar al comerciante. Esto se aplica a cualquier valor inferior al valor minorista total del artículo.
Es un delito penal ocultar intencionalmente en su persona o de otra manera cualquier mercancía ofrecida para la venta por cualquier tienda u otro establecimiento mercantil minorista con la intención de privar al comerciante de los procesos. También es ilegal el uso o beneficio de tales mercancías o convertirlas para el uso de tal persona sin pagar al comerciante el valor de las mismas.
Alterar, transferir o quitar etiquetas o etiquetas de precio. Esto también incluye cualquier señal de marca de valor o cualquier otra marca que ayude a determinar el valor de cualquier mercancía. Esto se aplica a los artículos exhibidos, retenidos, almacenados u ofrecidos para la venta por cualquier tienda u otro establecimiento mercantil minorista. Esto también se aplica a cualquier intento de comprar dicha mercancía personalmente o con otra persona por menos del valor minorista total. Esto debe incluir la intención de robar. “Robar” significa privar al comerciante de todo o parte de su valor.
Otros tipos de delitos de hurto en tiendas
Cualquier persona que deliberadamente transfiera cualquier mercancía exhibida, retenida, almacenada u ofrecida para la venta por cualquier tienda u otro establecimiento de venta minorista de mercancías desde el contenedor en el que se exhibirá la misma a cualquier otro contenedor con la intención de privar al comerciante de todo o parte parte del valor de venta al público de los mismos.
Para cualquier persona que deliberadamente suba el anillo con la intención de privar al comerciante del valor minorista total del mismo.
Para cualquier persona que deliberadamente retire un carrito de compras de las instalaciones de una tienda u otro establecimiento mercantil minorista. Esto requiere que se haga sin el consentimiento del comerciante otorgado en el momento de dicha eliminación. También debe coincidir con la intención de privar definitivamente al comerciante de la posesión, uso o beneficio de dicho carro.
Grado de ofensa
Gradación.
El hurto en tiendas constituye un delito de segundo grado según el inciso b. de esta sección. Esto se aplica cuando el valor minorista total de la mercancía es de $75,000 o más. Esto también se aplica si el delito se comete en apoyo de o en conjunción con una empresa de robo minorista organizada. El valor minorista total de la mercancía debe ser de $1,000 o más según esta subsección.
Este delito constituye un delito de tercer grado en el inciso b. de esta sección si el valor minorista total de la mercancía supera los $500 pero es inferior a $75,000. Esto también se aplica cuando el delito se comete en apoyo de o en conjunción con una empresa de robo minorista organizada. Sin embargo, existe el requisito de que el valor minorista total de la mercancía sea de $1,000.
El hurto constituye un delito de cuarto grado en el inciso b. de esta sección si el valor minorista total de la mercancía es de al menos $200 pero no excede los $500.
Este cargo es un delito de alteración del orden público según la subsección b. de esta sección si el valor minorista total de la mercancía es inferior a $200.
El valor de la mercancía involucrada en una violación de esta sección puede agregarse. Esto se puede hacer para determinar el grado del delito cuando los actos o conductas que constituyen una violación se cometieron bajo ciertas circunstancias. Esto se aplica a un esquema o curso de conducta. No importa si la misma persona o varias personas estuvieron involucradas. Tampoco importa si se cometió en apoyo de o en conjunción con una empresa de robo minorista organizada.
Servicio Comunitario Obligatorio
Además, a pesar de la posibilidad de cárcel, un delito de hurto conlleva un servicio comunitario obligatorio. Por una primera ofensa, por lo menos diez días de servicio comunitario; por una segunda ofensa, al menos 15 días de servicio comunitario; y por una tercera o subsiguientes ofensas, un máximo de 25 días de servicio comunitario y cualquier persona condenada por una tercera o subsiguientes ofensas de hurto cumplirá una pena mínima de prisión de no menos de 90 días.
Otras implicaciones legales
d. Presunciones. En algunos casos, se puede aplicar una presunción de intención de robar. Esto incluye cuando una persona oculta a propósito mercancía no comprada de cualquier tienda u otro establecimiento mercantil minorista. Esto puede aplicarse ya sea en las instalaciones o fuera de las instalaciones de dicha tienda u otro establecimiento mercantil minorista. Encontrar dicha mercancía oculta sobre la persona o entre las pertenencias de dicha persona puede dar lugar a una presunción de culpabilidad. Si dicha persona oculta, o hace que se oculte, dicha mercancía sobre la persona o entre las pertenencias de otra persona, el hallazgo de la misma también será evidencia prima facie de ocultación deliberada por parte de la persona que oculta dicha mercancía.
mi. Un oficial de la ley que tenga causa probable para creer que una persona ha ocultado intencionalmente mercancía no comprada y que puede recuperar la mercancía deteniendo a la persona puede tomar medidas inmediatas. Esto también se aplica a un oficial especial o un comerciante. Esa persona puede tomar a la persona bajo custodia y detenerla de manera razonable por no más de un tiempo razonable. El arresto por parte de un oficial de la ley, un oficial especial o un comerciante no hará que dicha persona sea responsable penal o civilmente de ninguna manera ni en ningún grado.
Arrestos por Robo en Tiendas
Cualquier oficial de la ley puede arrestar sin orden judicial a cualquier persona que tenga causa probable para creer que ha cometido el delito de hurto en tiendas como se define en esta sección.
Un comerciante que provoque el arresto de una persona por hurto puede quedar exento de responsabilidad. No serán responsables penal o civilmente de ninguna manera ni en ningún grado. Esto se aplica cuando el comerciante tiene causa probable para creer que la persona arrestada cometió el delito de hurto.
F. Cualquier persona que posea o utilice cualquier contramedida de dispositivo de control de inventario o anti-robo dentro de cualquier tienda u otro establecimiento mercantil minorista es culpable de un delito de alteración del orden público.
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